
Acaba de publicarse en el BOE el RD 84/2018 que regulará el modelo transitorio de concurso oposición los próximos años. Como siempre que se publica una norma así hay bastante ruido y desinformación, lo que se añade a que en un año en que habrá elecciones sindicales demasiados vendemotos intentan arrimar el ascua a su sardina.
Es momento de hacer un resumen de la situación del profesorado interino en el País Valencià, especialmente en lo que respecta a lo que le pueda afectar la convocatoria de oposiciones los próximos años.
Es momento de hacer un resumen de la situación del profesorado interino en el País Valencià, especialmente en lo que respecta a lo que le pueda afectar la convocatoria de oposiciones los próximos años.
1.-
Situación actual
Hay
más de 14.000 docentes interinos trabajando, de los cuales cerca de 10.000
ocupan una vacante (contrato hasta el 31 de agosto). El resto
realizan sustituciones temporales (que pueden llegar, como máximo, al 30 de
junio). Son cerca del 30 % de la plantilla de enseñanza pública no
universitaria del País Valencià.
El
porcentaje de profesorado interino llegó a estar en el 12 % antes de los
recortes, pero ha habido un aumento brutal. Se debe a dos factores:
a) inexistencia de oposiciones en muchas especialidades
y convocatorias ridículas en otras a causa de las limitaciones de la tasa de
reposición
b) aumento de la plantilla en la actual legislatura, que
hace que estemos ahora en la situación anterior a los recortes (más de
54.000 docentes)
Esos
dos factores unidos han hecho que no solo no se hayan cubierto las 12.000
jubilaciones producidas en los últimos 8 años, sino que tampoco se haya generado empleo de carrera al mismo ritmo que se ha aumentado la plantilla estos últimos
cursos.
La
media estatal se sitúa cerca del 28 %, lo que hace que la alta interinidad sea
un problema estructural de la plantilla en todo el estado (excepto alguna
comunidad autónoma), en dos sentidos:
a) problema personal para cada una de esas interinas e
interinos, que tienen un empleo inestable, sujeto a cambios anuales en el mejor
de los casos y sin estabilidad a largo plazo. Desde CCOO consideramos que el
trabajo interino es trabajo precario en la función pública.
b) es un factor que aumenta sensiblemente la rotación de
las plantillas, lo que genera inestabilidad en los centros y en los equipos
educativos. Los perjudicados son los alumnos y alumnas, que padecen una alta
rotación del profesorado que impide la propuesta de programas educativos a
largo plazo.
2.- Propuesta de estabilización de la
plantilla interina
Ante
esa situación históricamente se han planteado dos grandes propuestas de
estabilización del personal interino:
a) Propuesta "funcionarización sin oposición”
Esta
propuesta ha tenido variantes: “funcionarización”, “laboralización”,
“consolidación”, “acceso diferenciado”, “reserva de plazas”… Se le va cambiando
la etiqueta conforme se va viendo su imposibilidad una y otra vez. Consiste
básicamente en la prórroga del contrato de trabajo de un interino o interina
hasta su jubilación sin pasar por ningún proceso de ingreso o acceso a la
función pública (sin oposición ni concurso oposición).
En el marco normativo actual tal cosa es imposible. No se puede acceder a una
plaza fija en la función pública sin pasar por un procedimiento que garantice
los principios de igualdad, mérito y capacidad. Tanto el EBEP como la LOMCE (y
todas las leyes orgánicas de educación anteriores) establecen que para cumplir
con el precepto constitucional el método ha de ser oposición o
concurso-oposición (en el caso de la actual ley orgánica).
Hay
sentencias y jurisprudencia abundante que respaldan lo anterior, tanto del
Supremo como del Constitucional.
Sin
embargo periódicamente (y suele coincidir con años electorales) se resucita la
propuesta con uno u otro formato. Es normal: tiene un gran tirón mediático y es
fácilmente “vendible” al público potencial, que cada vez es más, aunque sea una estafa.
b) Propuesta "oposición”
Es
el defendido por CCOO y conseguido el año pasado gracias al Acuerdo por la mejora de empleo.Tiene la ventaja añadida de no ser un engaño.
La
estabilidad del trabajo interino pasa necesariamente por su transformación en
trabajo como funcionariado de carrera. Es el trabajo no precario que hay en
la función pública. La manera de conseguirlo es convocando procesos masivos de
ingreso y acceso a los cuerpos docentes.
El
problema es de todo el estado y de toda la función pública, por lo que la
negociación de estas convocatorias se hace en la Mesa General de Negociación,
con el Ministerio de Hacienda.
En
2017 conseguimos firmar el Acuerdo para la Mejora de Empleo, que va a suponer
la convocatoria de cientos de miles de plazas en la función pública de todo el
estado. La mayor convocatoria de empleo público de las últimas décadas. En el
ámbito de la enseñanza pública no universitaria de País Valencià supondrá
13.000 plazas en 4 convocatorias: 3.000 de Mestres en 2018, 5.000 de Secundaria
y otros cuerpos en 2019, 2.500 de Secundaria y otros cuerpos en 2019 y 2.500 de
Mestres en 2020.
A pesar de que el humo solo es humo, sigue habiendo interesados en venderlo. Hay más
información sobre modelos de “consolidación” e imposibilidades varias en el post "Vamos a contar verdades sobre el ingreso a la función pública" de este mismo blog.
3.- Consecuencias de la OPE sobre la
plantilla interina
El
Acuerdo para la Mejora de Empleo tiene como objetivo llegar al 8 % de empleo
interino en la función pública. Es lo que se considera “estructural”:
sustituciones y vacantes que no pueden ofrecerse a funcionarios/as de carrera
porque dependen de condiciones puntuales y pueden desaparecer en años
posteriores (normalmente plazas habilitadas, no de la plantilla orgánica, o
dedicadas a programas como el PAM).
El
objetivo no se podrá cumplir a menos que el Ministerio elimine la tasa de
reposición, lo que pide CCOO. También es petición unánime de todas las comunidades autónomas en la conferencia
sectorial. En País Valencià se ha planteado una OPE con el máximo posible,
aunque si se eliminara la tasa de reposición debería aumentarse en más de 4.000
vacantes para llegar al 8 %.
El personal interino ve la oferta desde varios puntos de vista, dependiendo de su situación y expectativas. Hay personas que lo consideran una buena oportunidad, pero otras lo consideran una amenaza a sus posibilidades para continuar trabajando.
En
este último caso la sensación de angustia es mayor entre el personal más mayor
o con más servicios, aunque en realidad la preocupación debería ser mínima
porque ese personal está situado, en la inmensa mayoría de los casos, en los
primeros puestos de cada bolsa.
El
sistema de provisión de plazas por profesorado interino en País Valencià es el
más estable, con diferencia, de todo el estado. Las personas que están en bolsa
y tienen algún día de servicio ya no cambian su posición relativa en esa bolsa.
No pueden mejorar su posición pero tampoco empeorarla, por lo que quienes están
en las primeras posiciones siempre van a tener vacantes a su disposición. Es
más: una persona puede desactivarse y no optar a elegir plaza sin tener
penalización, puede reincorporarse a su mismo número de bolsa cuando quiera y,
en caso de estar activo y ser adjudicado forzoso, solo se le adjudicará una
plaza de la provincia o provincias de su elección. Además, a nadie se le puede
adjudicar de oficio un tiempo parcial, una plaza itinerante o una plaza en
algunos centros de especiales características (hospitales, prisiones…).
Ese
funcionamiento de las bolsas hace que, de facto, ya existe la estabilidad que
se está pidiendo en otros territorios. La oferta de 13.000 vacantes será
durante 4 años en los que habrá unas 6.000 jubilaciones y un aumento de al
menos 2.000 plazas en el sistema. Si sabemos que ahora hay unas 9.000 vacantes
ocupadas por personal interino vemos que en 2021 aun habrá al menos 4.000
vacantes ocupadas por personal interino (probablemente más). Esas vacantes
estarán ocupadas (si quieren) por las personas de los primeros puestos de las
bolsas (mayores de 50 años en su mayoría). A esto habrá que añadir que históricamente entre el 80 % y el 90 % de las vacantes que salen a oposición son ganadas por personal con servicios (hay dos razones básicas: la experiencia les favorece en el baremo del concurso y también a la hora de conocer la aplicación del temario, la defensa de la programación y la exposición de la unidad didáctica). Eso hará que entre 10.400 y 11.700 plazas de las convocadas sean para alguna de las 14.000 personas que hoy tienen servicios más las que puedan generarlos. Esos son los datos oficiales dados por Conselleria en la Mesa Sectorial de Educación del 25 de julio de 2017.
O sea, que menos de 4.000 personas que hoy tienen servicios se quedarán sin plaza por oposición y todas ellas podrán optar a más de 4.000 vacantesComo las bolsas son absolutamente estables, quienes hoy tienen sustituciones y no consigan una plaza por oposición, con una alta probabilidad, pasarán a estar entre quienes tendrán acceso a una de esas vacantes al acabar las próximas cuatro convocatorias.
Los grandes números son muy sufridos, pero es verdad que hay
una excepción con las especialidades más pequeñas (Escuelas de Arte y Superior
de Diseño, Escuela Superior de Arte Dramático, Conservatorios, idiomas
minoritarios de EOI y algunas especialidades de FP). En ellas las bolsas de
personal interino están formadas por muy pocas personas, se generan muy pocas
sustituciones y la oferta de pocas plazas puede suponer que alguna de las
personas que hasta ahora están trabajando con vacante dejen de trabajar si no
consiguen la plaza por oposición. Eso se une a que en algunas de esas
especialidades han pasado muchos años sin convocatoria de oposiciones, que hay
centros donde más del 80 % es profesorado interino (incluso en cuerpos de
catedráticos) y que es difícil constituir tribunales con personal que no
conozca a los opositores y opositoras (lo que genera la impresión de poca objetividad en el procedimiento).
Conselleria
se ha comprometido a formar un grupo de trabajo sobre OPE para (entre otras cosas) ajustar la
oferta en esas especialidades los años 2019 y 2020. Habrá que tener en cuenta,
además de las vacantes del sistema, cuántas están ocupadas por personal
interino desde hace muchos años y no sacarlas todas en una o dos convocatorias,
de manera que todas y todos tengan oportunidades reales de obtener una plaza de
carrera.
Ese grupo de trabajo es el instrumento que nos va a permitir a los sindicatos poder intervenir en la oferta para modularla sobre todo en el caso de esas especialidades pequeñas.
Ese grupo de trabajo es el instrumento que nos va a permitir a los sindicatos poder intervenir en la oferta para modularla sobre todo en el caso de esas especialidades pequeñas.
CONCLUSIÓN:
cuando acabe el desarrollo del actual acuerdo la inmensa mayoría del personal
interino que ahora es mayor de 50 años seguirá teniendo una vacante a la que
acceder (en caso de que quiera). Entre el 80 % y el 90 % de las plazas de
oposición serán ganadas por personal con antigüedad como interino. Esto último es lo que ha
ocurrido históricamente en oposiciones con formatos parecidos al actual. Por todo ello no es de esperar cambios sustanciales en el reparto del empleo en cuanto a quiénes de los y las que hoy tienen trabajo lo seguirán teniendo (excepto
puntualmente en alguna especialidad pequeña, que habrá de tratarse con cuidado).
Sí habrá un cambio sustancial en la calidad de ese trabajo puesto que 13.000
vacantes ahora temporales pasarán a ser de carrera.
CONCLUSIÓN
(La repito porque los apóstoles del "ERE encubierto", "quien está se queda" y otras falacias se suelen olvidar de lo más importante)La mayoría de las personas que hoy tienen servicios pasarán a ser funcionarias y funcionarios de carrera gracias a una gran oferta de empleo público estable (más de 10.000 personas).
La inmensa mayoría de quienes hoy tienen servicios y no lo consigan tendrán vacante, si quieren, después de las próximas cuatro convocatorias (entre ellas prácticamente la totalidad de personas mayores de 55 años).
Entonces, ¿por qué se repite lo de "ERE encubierto", "quien está se queda" y cosas parecidas? No tengo la respuesta; habría de estar en la cabeza de los jefes de los sindicatos y plataformas que lo repiten como una letanía. Pero hay hechos que me hacen intuir por dónde van los tiros: estamos en año electoral, el miedo a perder el trabajo es un miedo profundo arraigado despùés de una crisis brutal, el voto se mueve más por impulsos y menos por razones...

Cualquiera es libre de creer lo que quiera, incluso aunque entre en contradicción con los datos objetivos y vaya contra sus propios intereses. Pero está mal mentir a sabiendas. Y se miente cuando no se dice la verdad pero también cuando se ocultan datos como los anteriores.
4.- Formato de concurso-oposición
Este
tema no es específicamente de profesorado interino puesto que afecta también a actuales
estudiantes de universidad, personas sin empleo, trabajadoras de otros sectores
o funcionariado de carrera que quiera acceder a otros cuerpos o especialidades.
El
modelo de concurso-oposición solo puede cambiarse vía ley orgánica y no parece
que vaya a cambiar en breve la LOMCE.
Dentro
de ese modelo sí hay cambios posibles, alguno sustancial si se dan “condiciones
extraordinarias” según la jurisprudencia del TC.
Entendemos
que la actual situación con un enorme porcentaje de profesorado interino
permite defender que estamos en una situación de excepcionalidad que habría que
regularizar.
Desde la FE CCOO se ha promovido y conseguido una plataforma sindical conjunta que planteó los siguientes cambios en el sistema de acceso (propuesta conjuntaCCOO-UGT-STE-CSIF):
1.-Pruebas no eliminatorias en la fase de oposición. Históricamente las pruebas eliminatorias se han justificado por la imposibilidad de los tribunales de examinar una a una a todas las personas que se presentan, pero eso genera la sensación en muchas personas aspirantes de que no se pone la nota merecida sino una nota de corte. Además se suceden pruebas como filtros que son percibidas como obstáculos por el personal interino.
1.-Pruebas no eliminatorias en la fase de oposición. Históricamente las pruebas eliminatorias se han justificado por la imposibilidad de los tribunales de examinar una a una a todas las personas que se presentan, pero eso genera la sensación en muchas personas aspirantes de que no se pone la nota merecida sino una nota de corte. Además se suceden pruebas como filtros que son percibidas como obstáculos por el personal interino.
2.-
Aumento del peso del concurso hasta el límite dado por la jurisprudencia y
aumento, dentro del concurso, del peso de la experiencia hasta el límite legal.
El
Ministerio se ha negado a aplicar el punto 1. En cuanto al punto 2 ha hecho avances
insuficientes en los dos aspectos. Mantenemos una campaña de defensa del modelo
extraordinario de los cuatro sindicatos.
Pedimos
también que no se cambien los temarios excepto en alguna especialidad muy
concreta con temarios obsoletos y que se aumente la posibilidad de elección de
tema. En cuanto al cambio de temarios, parece que no será antes de 2020 y sí se
ha aumentado la optatividad mediante el aumento de número de bolitas.
La propuesta conjunta sindical ha sido obviada por el Ministerio que ha publicado el citado RD 84/2012 sin tenerla en cuenta.
La propuesta conjunta sindical ha sido obviada por el Ministerio que ha publicado el citado RD 84/2012 sin tenerla en cuenta.
5.- Cuestiones relacionadas con el
marco europeo
CCOO
y UGT consiguieron en Europa el Acuerdo Marco sobre trabajo temporal, del que
emana la Directiva Europea 70/1999/CE. En ese acuerdo se intenta desarrollar el
principio “igual trabajo, iguales derechos” de varias formas.
A
partir de ese acuerdo se pudieron conseguir los trienios para personal
interino, por ejemplo. También ha sido la base de las reclamaciones de los
sexenios, aunque finalmente ha habido un acuerdo político para desarrollarlos
en País Valencià.
En
cuanto al trabajo interino en la función pública el Acuerdo y la Directiva
tienen consecuencias que están llevando a campañas, movilizaciones y (también)
mucha desinformación. Básicamente sobre la conversión de empleo temporal en
empleo estable, pero también sobre las indemnizaciones por “despido” (aquí
suele haber un abuso de lenguaje, llamando despido a lo que es finalización de
un contrato temporal).
a)
Transformación de empleo temporal en empleo estable.
A
raíz de una famosa (y poco leída) sentencia del Tribunal Europeo (“sentencia
Mascolo”) se ha generado la falsa idea de que cualquier trabajador o
trabajadora de la función pública que lleve tres años contratado tiene derecho
a permanecer indefinidamente en ese puesto y que si se lleva a juicio su
situación se sentenciará a su favor.
La
sentencia Mascolo no dice eso (ver el post "¿Qué dice la sentencia Mascolo?" en este mismo blog), pero sí es verdad que puede existir un fraude de ley en caso de que la
administración dote con personal interino plazas que deberían ser estructurales
y salir a concurso público (siempre que lo determine un juez o jueza, claro). Lo que ha pasado hasta ahora es que el Tribunal Supremo, entendiendo de un asunto iniciado por una interina
laboral del Ministerio de Defensa que llevaba 8 años ocupando la misma plaza le
dio la razón, y creó una figura que hasta ahora no existía: trabajador/a
indefinido no fijo. En ese caso (y alguno más que ha habido después, todos
laborales) la interina pasa a tener un contrato indefinido, pero no fijo en el
sentido de que si su plaza es dotada por uno de los sistemas de provisión
legales (concurso de traslados, por ejemplo) esa persona sería despedida con la
indemnización correspondiente (situación que ya se ha dado en otro caso).
Así
que de momento existe esa “funcionarización ad
hoc” en casos que cumplan lo siguiente: persona interina laboral con 3 o
más años continuados ocupando la misma vacante, que esa vacante no haya salido
a oferta pública de empleo y que se considere en un juzgado que la contratación
ha sido hasta entonces en fraude de ley. Las consecuencias tienen pros y
contras: la persona que gana el juicio pasa a ser indefinida pero puede ser
despedida (y en ese caso no vuelve a la bolsa de procedencia puesto que ya no
es interina sino indefinida no fija).
No
hay ningún caso de sentencia firme ni jurisprudencia que afecte a docentes
interinos o interinas de pública no universitaria (que no es personal laboral
sino funcionario). Alguno de los procedimientos que hay iniciados llegará en su
momento al Supremo que decidirá o no crear una figura semejante a la de
indefinido no fijo para el caso de funcionariado.
Las
campañas que ahora mismo pretenden la “funcionarización” (transformación en
funcionarios/as de carrera) por la vía judicial no tienen en cuenta (o sí lo
tienen, pero no lo dicen) lo siguiente: las sentencias europeas en las que se
basan las sentencias firmes españolas parece que están claras para el caso de
laborales pero no tanto para el de funcionarios/as, las plazas afectadas no han
de haber sido convocadas, se ha de demostrar la continuidad en la misma plaza y
se ha de demostrar que ha habido fraude de ley. Además, por encima de todo esto
están los principios de igualdad, mérito y capacidad para el ingreso y acceso a
la función pública.
Sería
posible una vía no de “funcionarización” sino de transformación del empleo
interino en empleo indefinido si se dan las circunstancias anteriores,
análogamente a lo ocurrido en los casos de laborales. Pero en ese caso las
personas que lo consiguieran no tendrían asegurada, ni mucho menos, su
jubilación en la enseñanza pública ya que podrían ser despedidas siempre que se
dotara su plaza por concurso. Ya hemos visto que las bolsas de País Valencià
son las más estables del estado; personas que llevan más de tres años
repitiendo en la misma plaza son personas de especialidades pequeñas (fundamentalmente
artísticas y FP), situadas además en las primeras posiciones de la bolsa. No parece
que una transformación de su empleo en una figura semejante a la de indefinido
no fijo mejorara sus derechos o expectativas laborales.
b)
Indemnización por “despido”
La
misma Directiva asimila el empleo temporal, en cuanto a derechos, al empleo
fijo. Eso ha dado lugar a la reclamación de indemnizaciones por finalización de
contrato en el caso de empleo temporal. Con la actual norma laboral
correspondería 20 días por año trabajado para todas las personas interinas al
acabar cada contrato.
Desde
CCOO hemos iniciado una campaña para que trabajadores y trabajadoras temporales
de la administración pública (laborales, funcionarios y estatutarios) reclamen
lo correspondiente a los 4 últimos años. De momento está habiendo sentencias a
favor y en contra y se está a la espera de la casación en el Supremo.
6.- Hay más temas interesantes que afectan al profesorado interino (no todos los derechos laborales se reducen al orden en una bolsa)
El
actual acuerdo de profesorado interino data de 2010 y necesita mejoras. Aun hay
derechos no reconocidos y que habrían de igualarse a los del funcionariado de
carrera:
- posibilidad de acumular la hora de lactancia sin
que se les reclamen después los haberes en caso de no tener un contrato de un
año
-
derecho a
licencias por estudios
-
reducciones de
jornada por cuidado de hijos o familiares a su cargo
-
igualdad en
retribuciones si se realizan las funciones de cargos unipersonales
Esas
carencias, además de detalles sobre la gestión de las bolsas (en especial en
cuanto a los puestos de difícil cobertura, que se dan por orden de petición, lo
que consideramos que conculca igualdad) hacen que sea urgente la
negociación de un nuevo acuerdo que mejore el actual.
En este blog hemos defendido los principios de igualdad, mérito y capacidad. Ahora mismo se están dando plazas mediante el procedimiento de difícil cobertura, que permite adjudicarlas a cualquier persona de fuera de las bolsas que tenga los requisitos adecuados. En principio la idea es buena y parece una solución parcial al problema de los puestos de trabjao sin adjudicar en el caso de que ninguna persona de la bolsa correspondiente los quiera, estén todas desactivadas o se haya agotado la bolsa. El problema es el orden en que se adjudican las plazas: por orden de petición. Es decir: el primero que llega se la queda.
No parece que haya que estudiar mucho para intuir que ese procedimiento conculca el principio de igualdad: llegarán antes quienes se enteren a tiempo, tengan una conexión más rápida, tengan preparado su sistema de acceso, no tengan niñas o niños que recoger de la escuela en ese momento, personas que atender, trabajos a los que acudir, no estén resolviendo una urgencia o una combinación de todas las anteriores más cualquier cosa que pueda alterar el orden de petición.
Es necesario hablar de un nuevo acuerdo de profesorado interino que incluya en su articulado un sistema de provisión de bolsas que permita la agilidad del procedimiento de difícil provisión sin conculcar derechos de las personas que participen.
Y Conselleria habrá de ofrecer oportunidades suficientes para conseguir la capacitació en valencià a las personas que aun no la tienen. Es una necesidad inmediata para las algo más de 300 personas de los cuerpos de Secundaria y FP desactivadas a espera de conseguirla y lo será antes de 4 años para quienes integran las bolsas del resto de cuerpos cuya catalogación será efectiva dentro de cuatro cursos.
Por desgracia, la presión ultracorporativa ha reducido los derechos del profesorado interino a la mera ordenación de bolsas, apartando del foco de la negociación cualquier tema que no sea una imposible "consolidación" (entendiendo por tal que cualquier persona que haya trabajado como interina siga trabajando como tal hasta su jubilación, es decir en empleo precario; esta es la posición fraudulenta de los defensores del "los que están, se quedan").

En este blog seguiremos informando, dando datos y desmontando mitos y falacias. Para otras cosas ya hay adivinos, homeópatas y vendemotos.
En este blog hemos defendido los principios de igualdad, mérito y capacidad. Ahora mismo se están dando plazas mediante el procedimiento de difícil cobertura, que permite adjudicarlas a cualquier persona de fuera de las bolsas que tenga los requisitos adecuados. En principio la idea es buena y parece una solución parcial al problema de los puestos de trabjao sin adjudicar en el caso de que ninguna persona de la bolsa correspondiente los quiera, estén todas desactivadas o se haya agotado la bolsa. El problema es el orden en que se adjudican las plazas: por orden de petición. Es decir: el primero que llega se la queda.
No parece que haya que estudiar mucho para intuir que ese procedimiento conculca el principio de igualdad: llegarán antes quienes se enteren a tiempo, tengan una conexión más rápida, tengan preparado su sistema de acceso, no tengan niñas o niños que recoger de la escuela en ese momento, personas que atender, trabajos a los que acudir, no estén resolviendo una urgencia o una combinación de todas las anteriores más cualquier cosa que pueda alterar el orden de petición.
Es necesario hablar de un nuevo acuerdo de profesorado interino que incluya en su articulado un sistema de provisión de bolsas que permita la agilidad del procedimiento de difícil provisión sin conculcar derechos de las personas que participen.
Y Conselleria habrá de ofrecer oportunidades suficientes para conseguir la capacitació en valencià a las personas que aun no la tienen. Es una necesidad inmediata para las algo más de 300 personas de los cuerpos de Secundaria y FP desactivadas a espera de conseguirla y lo será antes de 4 años para quienes integran las bolsas del resto de cuerpos cuya catalogación será efectiva dentro de cuatro cursos.
Por desgracia, la presión ultracorporativa ha reducido los derechos del profesorado interino a la mera ordenación de bolsas, apartando del foco de la negociación cualquier tema que no sea una imposible "consolidación" (entendiendo por tal que cualquier persona que haya trabajado como interina siga trabajando como tal hasta su jubilación, es decir en empleo precario; esta es la posición fraudulenta de los defensores del "los que están, se quedan").

En este blog seguiremos informando, dando datos y desmontando mitos y falacias. Para otras cosas ya hay adivinos, homeópatas y vendemotos.
Gente que nunca ha aprobado una oposición o ha entrado por bolsa de urgencia. Mantras a repetir:
ResponderEliminar- La oposición no demuestra nada. (como yo nunca he aprobado, defiendo que no sirve para nada). Mi opinión: un tema escrito del que solo te dan el título, un supuesto práctico y la defensa de una programación anual, que puedes desarrollar todo lo innovador y actualizado que prefieras, SÍ demuestra que estás preparado.
- Llamar trepas a los interinos que crees que están mejor preparados que tú, y sí han aprobado sin plaza las oposiciones.
- Afirmar que aprobar las oposiciones, tener másters o doctorados, cursos de perfeccionamiento docente y títulos de idiomas no demuestran nada. No obstante, el número de bolsa o los años que llevas trabajando son el único parámetro que hay que tener en cuenta.
- Se debe consolidar a la gente siguiendo el orden de bolsa, sin importar si cortas por el 500 o 600. Este lo defienden los mejores situados en bolsa. Lo más gracioso es la gente que defiende esto y no entraría en la rifa de plazas. Además, secciones de la bolsa muchas veces se ha ordenado por orden alfabético, ya que han entrado con la misma puntuación a una bolsa de urgencia. Menudo criterio, llamarte Sánchez o Gutiérrez de apellido, para determinar si mereces plaza o no.
Sí, l'oposició sí que demostra coses: que saps memoritzar, que has tingut més sort que un altre, que eres bo en la confrontació amb els altres opositors..., Ara, que eres bon professor, que no ho dubte, ho sent, però això no ho demostra una oposició.
EliminarRoberto, el texto está muy bien explicado y aclara algunas cosas que a todos nos viene bien, pero en esta vida hay que tener voluntad para hacer determinadas cosas, y en el caso de la firma del acuerdo de empleo creo que el patinazo ha sido espectacular. Claro que es bueno hacer oposiciones, pero en ese acuerdo se debería haber reflejado la situación de miles de interinos/as en fraude de ley y buscarles una solución a su situación irregular, y no pasar por las oposiciones. Mira, estos días ha salido una noticia del ayuntamiento de Valencia en la que sacan plazas para consolidar interinos con un examen tipo test. Ahora resulta que en este caso sí que se puede hacer. Hace falta voluntad, tanto de sindicatos como de políticos. También quiero apuntar ( y si no recuerdo mal), CCOO firmó un acuerdo de interinos en 2013 por el cual si no te presentabas a las oposiciones y aprobabas por lo menos una fase, te quedabas fuera de la bolsa. Bonita forma de apoyar a todos los interinos de más de 45 años, con cargas familiares, con trabajo (por suerte) y que como consecuencia de ello no pueden preparar unas oposiciones como la gente joven. Donde está aquí el principio de igualdad? Imposible. Yo en mi caso soy profesor de conservatorio, y en nuestro caso y en danza, hace muuuuuuuuchos años que no hay oposiciones. De verdad ve usted a un profesor/a de danza de 45 o 50 años competir en la primera fase de la oposición con otros opositores de 25 o 30 años que además pueden ser sus alumnos/as? Tiene eso sentido? Se está hablando de este tema con una ligereza extrema. Ahora en el caso de los conservatorios tenemos un nuevo problema: la Conselleria de Educación está planteándose cerrar los conservatorios elementales ( al menos eso se está diciendo), por lo tanto menos horas de trabajo. Curioso querer privatizar la enseñanza elemental de la música.
ResponderEliminarPor último, ya sabemos que la LOMCE dice que hay que pasar una prueba de concurso-oposición, pero también la EBEP dice en el artículo 61.6 “ Sólo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos”. VOLUNTAD Sr. Roberto. Eso es lo que no ha habido. La suerte que han tenido sindicatos y políticos es que los interinos no hemos estado nunca unidos, ese es otro problema que nunca entenderé.
Sólo espero que se firme el acuerdo de estabilidad y que al menos los interinos e interinas que lleguen a los 55 años vean con tranquilidad sus últimos años de cotización.
El anonimato está muy bien, pero recuerda que en la interpretación musical, tocar un instrumento requiere de una fuerza física en los labios que no se tiene a los 50 años, y mas si no te dedicas a ser concertista y estas en la enseñanza. Por lo tanto, aunque sea anónimo, no podemos competir en igualdad de condiciones simplemente por una cuestión física. Saludos
EliminarMuchas gracias por el artículo, difícil explicarlo mejor, sin embargo, hay unos actores secundarios, aquellos que nunca nos hemos presentado a una oposición y por tanto tenemos 0 servicios, no somos interinos y trataremos de serlo aprobando las Opos este año. Sin intención de chafat a nadoe, tan solo de empezar a encontrar nuestro sitio. Me pregunto :
ResponderEliminar?Afetará de algún modo que se quiera recortar el número de interinos en que el listón para aprobar las Oposiciones este año sea más alto? y en caso de aprobar sin plaza (pues la escasez de méritos es total obv) al haber tantas plazas que van a consolidarse, que opciones de trabajo real tendrá la bolsa de interinos el año que viene?
Un saludo , te agradecería que me contestaras, muchas suerte para todos!
Me gustaría me aclarase unas dudas
ResponderEliminarSi como usted mismo reconoce, hay aspectos del acuerdo que no compartían, y dado que el gobierno estaba presionado para dar una solución ante Europa, ¿por qué lo firmaron? Sin pensar mal, como mínimo no parecen muy buenos negociadores
¿Cómo informaron a los interinos antes de hacerlo, dada la gran repercusión que tiene para nuestro futuro?
Nos dicen también que se hará en un periodo de 3 años, pero claro esto es en conjunto, ya que las plazas de cada especialidad saldrán todas en 1 año, como ej. Le puedo decir de alguna en la que este mismo año está previsto sacar un numero plazas a oposición que se corresponde al 75% de las vacantes que están ocupadas por interinos, es decir muchos de los que están ahora, sin tiempo para prepararse durante el curso, se irán a la calle después de años de servicio (rara forma de promocionar la calidad de la enseñanza, deshacerse de los trabajadores experimentados; quizá se trate de una innovación, porque esto hay que reconocer que no viene de la empresa privada).
Para más inri, en el baremo que han anunciado, bajan de 1 punto a 0,7 cada año de experiencia docente en la misma especialidad
¿Si reconoce la injusticia, porque intenta demostrarnos que no hay base legal, no sería el de ustedes otro papel, tal como proteger los derechos de los trabajadores?
¿Y no es la función de los políticos hacer leyes para resolver los problemas de los ciudadanos? Si cada uno hace lo que le corresponde todo se solucionará
Perdone por la franqueza , pero da la impresión de que ustedes intentan parar un movimiento obrero y que están en otra guerra, ahora sí que pensando mal, probablemente las elecciones sindicales de diciembre. Bajo mi humilde opinión nos irá a todos mucho mejor, si dejan ustedes de pelearse y se ponen manos a la obra para defender los derechos de los trabajadores.
Y leyendo esto, ¿qué problema habría en consolidar las plazas de personal interino con tiempo de servicio que ya haya superado el proceso de concurso oposición? ¿Por qué motivo legal se rechaza esa opción? No hay agravio comparativo, fue una cuestión de suerte o falta de plazas en su momento, pero el proceso está superado como el de cualquier funcionario de carrera. Sin embargo, no nunca he visto ninguna propuesta propuesta al respecto.
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